¿Te van a liquidar o renunciaste? El finiquito es la lana que tu patrón te debe pagar cuando dejas de trabajar — sin importar el motivo. Ahí entran tus días trabajados que no te han pagado, tu aguinaldo proporcional (por ley son mínimo 15 días al año), las vacaciones que no tomaste y la prima vacacional del 25%. Y ojo: si te corrieron sin causa, aparte del finiquito te toca liquidación — que son 3 meses de sueldo, 20 días por año y prima de antigüedad.

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Despido injustificado Te corren sin causa
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Ojo: este número es un estimado. Tu finiquito real puede cambiar si tienes prestaciones superiores a la ley, convenio colectivo o alguna situación especial. Si necesitas un cálculo exacto, ve a la PROFEDET — es gratis y ellos sí te dan el número oficial.

¿Qué es el finiquito y cuándo te corresponde?

Vamos al grano. Cuando sales de un trabajo en México — ya sea porque renunciaste, porque se acabó tu contrato o porque te corrieron — tu patrón tiene que pagarte lo que te debe. A eso le llamamos finiquito. No es un favor ni una prestación extra: es dinero que ya te ganaste.

Esto viene en la Ley Federal del Trabajo, artículos 76 al 87. Y si tu patrón se hace el desentendido, tienes un año completo para ir a reclamar sin gastar ni un peso. La PROFEDET (que depende del gobierno federal) te asesora gratis y hasta te asignan abogado si lo necesitas.

¿Qué incluye el finiquito? Básicamente todo lo que trabajaste y no te pagaron todavía: los días del último periodo, tu parte proporcional de aguinaldo, los días de vacaciones que nunca tomaste y la prima vacacional que va con esas vacaciones.

Finiquito y liquidación: no es lo mismo (y confundirlos te puede salir caro)

Este es el error número uno que vemos. La gente dice "me van a liquidar" cuando en realidad le van a dar finiquito, o al revés. La diferencia es clara: el finiquito te toca SIEMPRE que sales de un trabajo. La liquidación es un pago aparte que solo aplica si te despidieron injustificadamente — o sea, sin una razón válida ante la ley.

FINIQUITO Siempre te toca ✓ Días trabajados no pagados ✓ Aguinaldo proporcional ✓ Vacaciones pendientes ✓ Prima vacacional (25%) VS LIQUIDACIÓN Solo por despido injustificado ✓ Todo el finiquito + ✓ 3 meses de indemnización ✓ 20 días por año trabajado ✓ Prima de antigüedad
Diferencia entre finiquito y liquidación en México según la Ley Federal del Trabajo.
Concepto Finiquito Liquidación
Días trabajados no pagados
Aguinaldo proporcional
Vacaciones + prima vacacional
Indemnización constitucional (3 meses) No
20 días por año trabajado No
Prima de antigüedad (12 días/año) Solo con 15+ años

Cómo se calcula el finiquito paso a paso

No necesitas ser contador ni abogado para sacar las cuentas. Te lo explico con números reales para que quede claro.

Paso 1 — Saca tu salario diario

Agarra tu sueldo mensual bruto (el que dice tu contrato, no lo que te depositan) y divídelo entre 30. Así de fácil. Si ganas $15,000 al mes, tu salario diario es $500. Todo el cálculo del finiquito parte de este número.

Paso 2 — Los días que trabajaste y no te pagaron

Piensa en tu última quincena o fecha de pago. ¿Cuántos días trabajaste después de eso? Si te pagaron el 15 y te fuiste el 22, son 7 días que te deben. Simple: 7 × $500 = $3,500.

Paso 3 — Tu aguinaldo proporcional

Por ley te tocan mínimo 15 días de aguinaldo al año (artículo 87 de la LFT). Pero si no trabajaste el año completo, te toca la parte proporcional. Aquí la fórmula: salario diario × 15 × (días que llevas trabajados en el año ÷ 365). Supongamos que llevas 180 días en el año: $500 × 15 × (180 ÷ 365) = $3,698.63. Ese es tu aguinaldo proporcional.

Paso 4 — Las vacaciones que no disfrutaste

Con la reforma de 2023 esto cambió bastante — para bien. Ahora después de tu primer año te tocan 12 días de vacaciones (antes eran 6). Y van subiendo cada año:

Antigüedad Días de vacaciones
1 año12 días
2 años14 días
3 años16 días
4 años18 días
5 años20 días
6 a 10 años22 días
11 a 15 años24 días
16 a 20 años26 días

Si tenías derecho a 16 días y no tomaste ni uno, la cuenta es directa: 16 × $500 = $8,000. Esa lana te la tienen que pagar.

Paso 5 — La prima vacacional

Además de pagarte las vacaciones, la ley dice que te toca un 25% extra sobre ese monto (artículo 80 de la LFT). Es como un bono por tus vacaciones. Si tus vacaciones pendientes suman $8,000, la prima es $8,000 × 0.25 = $2,000. Fácil.

Ejemplo con números reales

María gana $15,000 al mes y llevaba 2 años y 3 meses en su empresa. Renunció el 15 de marzo de 2026. Le deben 10 días de sueldo, no tomó vacaciones del último año (le tocaban 14 días) y lleva 74 días trabajados en 2026.

Su salario diario: $500. Días trabajados: 10 × $500 = $5,000. Aguinaldo: $500 × 15 × (74 ÷ 365) = $1,520.55. Vacaciones: 14 × $500 = $7,000. Prima vacacional: $7,000 × 0.25 = $1,750.

Total que le toca a María: MX$15,270.55 — y eso que renunció por voluntad propia. Imagínate si la hubieran despedido.

¿Qué pasa si me despiden sin justificación?

Aquí es donde la cosa se pone interesante. Si tu patrón te corre sin una razón válida ante la ley, no solo te toca el finiquito completo — también tienes derecho a una liquidación. Y la liquidación puede ser bastante dinero.

¿Qué incluye? Tres conceptos grandes según los artículos 48 y 50 de la LFT: primero, 3 meses de tu sueldo como indemnización constitucional (con un salario de $15,000, estamos hablando de $45,000 de entrada). Segundo, 20 días de sueldo por cada año que trabajaste ahí. Y tercero, la prima de antigüedad — 12 días por año, aunque tiene un tope de 2 veces la UMA diaria ($117.31 en 2026).

Para que te des una idea: si te despiden injustificadamente después de 3 años ganando $15,000, podrías recibir entre $60,000 y $80,000 en total, contando finiquito más liquidación. La cifra exacta depende de tus prestaciones y de cómo se calcule tu salario diario integrado. Si quieres el número preciso, usa nuestra calculadora de indemnización por despido →

Cómo calcular tu finiquito en 2 minutos
Te explicamos paso a paso cómo se calcula tu finiquito según la Ley Federal del Trabajo. También puedes conocer tu sueldo neto exacto →

5 errores que cometen los trabajadores al calcular su finiquito

Estos son los tropezones que vemos una y otra vez. Si evitas estos cinco, ya vas adelante del 90% de la gente:

Mezclar finiquito con liquidación. Te sorprendería cuánta gente llega diciendo "me liquidaron" cuando en realidad solo le dieron finiquito. El finiquito es lo que ya te ganaste (días, aguinaldo, vacaciones). La liquidación es un pago aparte que solo aplica si te corrieron sin razón legal. Si tú renunciaste, no hay liquidación — pero tu finiquito completo sí te toca.
Olvidar las vacaciones del periodo anterior. Las vacaciones no se cuentan de enero a diciembre. Se cuentan desde tu aniversario de ingreso. Si entraste en junio de 2024 y te fuiste en marzo de 2026, te podrían deber vacaciones de dos periodos distintos. Muchos patrones "se les olvida" el periodo anterior.
Sacar el aguinaldo por meses en vez de por días. "Trabajé 6 meses, me toca la mitad del aguinaldo." No exactamente. El cálculo correcto es por días reales del año calendario — de enero a tu fecha de salida. La diferencia parece chica, pero pueden ser varios cientos de pesos que estás regalando.
Firmar sin comparar. Tu patrón te pone una hoja enfrente con un número y te dice "fírmale aquí". Alto. Antes de firmar, saca tus propias cuentas con esta calculadora. Si la diferencia es grande, no firmes y ve a la PROFEDET. Es gratis y están para ayudarte.
Dejarlo para después. "Ya luego lo reclamo." Mala idea. El artículo 516 de la LFT te da exactamente 1 año desde que saliste para reclamar. Pasa un día más y perdiste tu derecho. No importa cuánto te deban — si se pasó el año, ya no hay nada que hacer.

Preguntas frecuentes sobre el finiquito en México

¿Qué es el finiquito en México?
Es la lana que tu patrón te tiene que pagar cuando dejas de trabajar. Incluye tus días trabajados que no te pagaron, la parte de aguinaldo que te corresponde, vacaciones que no tomaste y la prima vacacional. Viene en los artículos 76 a 87 de la Ley Federal del Trabajo y no importa si renunciaste o te corrieron — siempre te toca.
¿Cuál es la diferencia entre finiquito y liquidación?
El finiquito te toca siempre — es lo que ya trabajaste y no te pagaron. La liquidación es un pago extra que solo aplica si te despidieron sin causa justificada. La liquidación incluye 3 meses de indemnización, 20 días de sueldo por cada año que trabajaste y la prima de antigüedad. Si renunciaste, solo te toca finiquito.
¿Me corresponde finiquito si renuncio voluntariamente?
Sí, al 100%. Da igual que tú hayas decidido irte. Te toca el pago de tus días trabajados, aguinaldo proporcional, vacaciones pendientes y prima vacacional. Lo único que pierdes al renunciar es la liquidación — esa solo la reciben los que fueron despedidos injustificadamente.
¿Cuánto tiempo tengo para reclamar mi finiquito?
Un año exacto desde el día que saliste del trabajo. Lo dice el artículo 516 de la LFT. Si se te pasa ese plazo, ya no puedes reclamar nada. ¿Dónde ir? A la PROFEDET (es gratuita, teléfono 800-911-7877) o al Centro de Conciliación Laboral de tu estado. No necesitas llevar abogado.
¿El finiquito paga ISR?
Sí, parcialmente. Tu aguinaldo, vacaciones y prima vacacional se suman a tu ingreso y les aplican retención de ISR según las tablas del SAT. La buena noticia es que el aguinaldo tiene una parte exenta — hasta 30 días de UMA no pagan impuesto. Y si te liquidan por despido, la indemnización tiene un tratamiento fiscal diferente (artículo 95 de la Ley del ISR) que suele ser más favorable.
¿Qué hago si mi patrón no me paga el finiquito?
Tienes dos caminos y los dos son gratis. Uno: llama a la PROFEDET al 800-911-7877, ellos te asesoran y hasta te ponen abogado sin costo. Dos: preséntate en el Centro de Conciliación Laboral de tu estado. En ambos casos no necesitas contratar abogado particular ni pagar nada. Es tu derecho y la ley te respalda.
MD
Lic. Mariana Delgado Ríos
Abogada Laboralista · Cédula Profesional 12847593
Mariana lleva 8 años metida en derecho laboral — empezó en la UNAM y desde entonces no ha parado de asesorar trabajadores con sus cálculos de finiquito, liquidaciones y todo lo que tiene que ver con juntas de conciliación. Ella revisa que los números y las referencias legales de esta calculadora estén al día.
Fuentes legales consultadas
  1. Ley Federal del Trabajo — Artículos 47, 48, 50, 76–81, 87, 162, 516
  2. Diario Oficial de la Federación — Salario mínimo 2026: $315.04 diarios
  3. INEGI — UMA 2026: $117.31 diarios
  4. PROFEDET — Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo

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